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PRESENTA GOBERNADOR LA LEY UBER

GUANAJUATO, GTO.- La nueva Ley de Movilidad del Estado y los Municipios de Guanajuato fue turnada esta mañana por el gobernador Miguel Márquez a los diputados locales para su análisis, discusión y posible aprobación.

Antes de que la iniciativa llegara al Congreso, el secretario de Gobierno, Antonio Salvador García, dio a conocer unos detalles del proyecto de Ley, en el que se anexa la regulación del transporte ejecutivo, que es donde entraría el servicio que ya otorga en la ciudad de León la empresa tecnológica UBER .

La iniciativa fue turnada dentro del Congreso del Estado a la Comisión de Seguridad Pública y Comunicaciones.

No se descarta que para su dictamen se tomen en cuenta los comentarios de taxistas, concesionarios de taxis y particulares interesados en entrar a esquemas parecidos a UBER.

Sin embargo, es posible que la ley no se apruebe durante el presente periodo de sesiones, por la carga del análisis de leyes de ingresos de los municipios y el paquete fiscal del estado.

LO QUE DICE LA LEY

El artículo 124 de la iniciativa describe que el servicio especial de transporte ejecutivo es el que tiene como fin trasladar a personas en vehículos con operador y que previamente mediante el uso de plataforma tecnológica y sus dispositivos, han contratado, acordado convenido o pactado con el usuario la prestación del servicio, caracterizándose por no estar sujeto a itinerarios, rutas, frecuencias ni horarios fijos.

Además señala que queda prohibido a los prestadores de transporte especial ejecutivo ofrecer servicio de forma libre y directa en la vía pública.

Y agrega: “El otorgamiento del permiso en esta modalidad obliga al permisionario, sea una persona física o jurídico colectiva, a prestar el servicio únicamente con un número determinado de unidades, que será establecido por el reglamento de la Ley”

“Este servicio especial podrá prestarse en todas las vías públicas del Estado, sin importar el punto de origen o de destino, debiendo contar el permisionario con un lugar sede, como principal asiento de la prestación del servicio, en cualquiera de los municipios de la entidad”.

“La emisión del permiso para el transporte ejecutivo obliga a su titular a presentar en todo momento al Instituto de información técnica que le sea requerida respecto del servicio brindado, la empresa operadora de la plataforma tecnológica que tenga implementada para tal efecto, y respecto de los datos recabados en la propia plataforma, la cual deberá presentar en el formato, mecanismo o medio de acceso para que tal efecto le sea especificado por el Instituto”.

 

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