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APROBADA LEY DE PROTECCIÓN A PERIODISTAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS

GUANAJUATO, GTO.- Los diputados de Guanajuato aprobaron este jueves la Ley de Protección de Periodistas y Defensores de los Derechos Humanos en la que se establecen mecanismos de defensa en caso de amenaza.

A la par, se adicionó al Código Penal la tipificación de homicidio calificado cuando sea cometido en contra de un periodista, de su cónyuge o de sus parientes en línea recta o colateral, hasta el cuarto grado.

La aprobación de esta ley se da luego de tres años y medio de discusión, que incluyen el desplome de una iniciativa que, lejos de proteger a los periodistas, los vulneraba.

Finalmente, por unanimidad, tanto la ley como las adiciones al Código Penal del Estado de Guanajuato fueron aprobadas.

En cuanto a la ley la diputada del PRI, Irma Leticia González Sánchez, explicó que partir de ahora se dará atención a los periodistas y defensores de los derechos humanos, través de las medidas de prevención, de protección y urgentes de protección.

En ellas, dijo, se incluye el otorgamiento de seguridad personal y de la familia del beneficiario, la reubicación temporal del domicilio o la protección de bienes inmuebles.

Además, detalló, se entregará material de protección, se diseñaran sistemas de alerta temprana y planes de contingencia con la finalidad de evitar potenciales agresiones.

En la ley se establecen los derechos de los periodistas destacando la cláusula de conciencia, y el derecho a acceder a las fuentes de información públicas. De igual manera, a hacer valer los derechos de autor y firma en los artículos y publicaciones que realicen.

La ley también plantea ejercer de manera libre y responsable la libertad de expresión, sin ser objeto de censura o represión que vulnere sus derechos humanos, además de blindar el secreto profesional en los términos de la ley en la materia.

Sobre las modificaciones al Código Penal, la diputada del PAN Araceli Medina Sánchez, explicó que se establece el delito contra la libertad de expresión, el cual tendrá como pena nueve meses o cuatro años de prisión, o de 200 o 300 días de multa, a quienes cometan las siguientes conductas: a quien utilice violencia o evite que se ejerza la actividad periodística; y a quien obstaculice, impida o reprima la libertad de expresión.

Las Libres, defensoras de los Derechos Humanos de las Mujeres.

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