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EN GUANAJUATO, CIUDADANOS CORRUPTOS YA TAMBIÉN IRÁN A LA CÁRCEL

GUANAJUATO, GTO.- Ahora no solamente el funcionario corrupto podrá ir a la cárcel en Guanajuato, sino también el ciudadano que sea parte de la movida chueca. 

Esto podrá castigarse gracias a que este martes los legisladores del Congreso de Guanajuato autorizaron la reforma al Código Penal en materia de delitos por hechos de corrupción.

Con esta reforma se decidió agrupar en el Título Segundo “de los delitos por hechos de corrupción” los siguientes delitos: cohecho, peculado, concusión, enriquecimiento ilícito, usurpación de funciones, uso ilícito de atribuciones y facultades, tráfico de influencias, abuso de autoridad, ejercicio ilícito del servicio público, y afectación del servicio público.

Mientras que en el Tercer Título “de los delitos contra la administración pública”, se agruparon los delitos de abandono de funciones públicas, falsedad ante una autoridad, variación de nombre o domicilio, desobediencia, resistencia y exigencia de particulares, oposición a que se ejecute alguna obra o trabajo públicos, quebrantamiento de sellos, afectación al ordenamiento territorial y desaparición forzada de personas.

Cabe destacar que se integraron tres nuevos tipos penales como delitos por hechos de corrupción, los cuales se enlistan a continuación:

·         Ejercicio ilícito del servicio público:  quien proporcione, filtre, sustraiga, destruya, oculte, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se reservada o confidencial.

·         Uso ilícito de atribuciones y facultades: quien otorgue o realice, ilícitamente, permisos, contratos, licencias, adjudicaciones, exenciones, deducciones o subsidios, pagos o autorizaciones de contenido económico; contrate a quien se encuentre inhabilitado para desempeñar un cargo público o le permita participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas; o les dé a los fondos públicos una aplicación distinta a la que estuvieran asignados.

·         Afectación del servicio público: cuando el particular que, en su carácter de contratista, permisionarios, asignatarios, titular de una concesión, utilice información falsa o alterada; u oculte información sobre los rendimientos o beneficios que obtenga.

Asimismo, se establecieron reglas comunes para las sanciones de destitución e inhabilitación para quienes cometan delitos por hechos de corrupción. Esta pena va de uno a diez años cuando no exista daño o perjuicio o cuando el monto de la afectación no exceda de 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; y de diez a veinte años si dicho monto excede el límite señalado.

A favor del dictamen, a diputada Libia García Muñoz Ledo señaló que con esta modificación se incorporan nuevos tipos penales que permitirán sancionar tanto a servidores públicos con o a los particulares que incurran en estos actos de corrupción.

Indicó que con ello se busca que la corrupción sea un acto de alto riesgo y se manda un mensaje de que la LXIII Legislatura está trabajando fuerte en el combate a la corrupción, y de que la confianza y el dinero de la ciudadanía deben respetarse.

 En tanto, la diputada Guadalupe Velázquez Díaz pidió el voto a favor de este dictamen para que sean sancionados todos aquellos servidores públicos que caigan en actos de corrupción y con ello afecten las finanzas del estado y los municipios.

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