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Presenta “Bancada Feminista” iniciativa para sancionar violencia vicaria

GUANAJUATO, GTO.- Las diputadas Dessire Ángel Rocha, Yulma Rocha Aguilar y Martha Lourdes Ortega Roque, quienes conforman la llamada “Bancada Feminista” en el Congreso de Guanajuato, presentaron una iniciativa de le para sancionar la violencia vicaria, que es cuando, por ejemplo, un padre maltrata a los hijos para dañar a la madre.

La diputada Dessire Ángel Rocha indicó que la violencia vicaria, si bien tiene características específicas que la distinguen, no puede sustraerse de la violencia de género y la violencia familiar, pues encuentra en ellas su origen.

Agregó que las mujeres que sufren violencia vicaria, en su mayoría, han sufrido previamente violencia psicológica, física, económica, patrimonial y otras que las llevan a la decisión de romper ese ciclo con su agresor.

Asimismo, mencionó que la violencia vicaria es violencia de género, porque en ella se sustituye a la persona en la acción directa física o psicológica de la violencia para causar un daño mayor y permanente a las mujeres. “El objetivo son las mujeres y el control que se ejerce sobre ellas en una relación de poder”, enfatizó.

Afirmó que, al no poder violentar más de manera directa a las mujeres, lo hacen de forma indirecta, a través de sus hijos. “La violencia vicaria se define como aquella violencia que se ejerce sobre las hijas e hijos con la finalidad de dañar a las mujeres. Es una violencia secundaria a la víctima principal, pues, aunque el objetivo es dañar a la mujer, el daño se hace a través de terceros. Al dañar a las y los hijos -y en su grado extremo, asesinarlos- el agresor asegura un daño irreparable en la mujer”, subrayó la legisladora.

También señaló que, de acuerdo con los resultados de la Primera Encuesta Nacional de Reconocimiento de la Violencia Vicaria en México, realizada a principios de enero de 2022 por la organización Frente Nacional Contra Violencia Vicaria, en colaboración con la empresa Altermind, se identificaron 205 casos iniciales de violencia que, de acuerdo con las características, cumplen con la definición de violencia vicaria.

Ángel Rocha puntualizó que, en el 92% de los casos, los agresores cuentan con recursos que les permiten favorecerse durante los procesos legales, que impiden a la víctima el acceso inmediato a la justicia, obteniendo fallos a favor de los agresores.

En cuanto a la situación de Guanajuato, apuntó que no existen cifras oficiales que permitan dimensionar el problema, dado a la falta de identificación, socialización y reconocimiento de la violencia vicaria.

La diputada dijo que la propuesta pretende, principalmente, el reconocimiento de la violencia vicaria como uno de los tipos de violencias ejercidas en contra de las mujeres mediante su inclusión en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato; también se prevé incluir la definición de ese tipo de violencia en la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato.

Desde una perspectiva integral de los derechos humanos para todas las personas, la diputada subrayó que era necesario reconocer esa violencia en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, ya que no solo afecta a las mujeres, pues sus hijas e hijos, mayoritariamente, podrían verse dañados y vulnerados en sus derechos, siendo víctimas también de ese tipo de violencia.

De igual manera se contempla especificar en el Código Civil que cuando la causa de divorcio fuera la violencia intrafamiliar y/o la violencia vicaria, el cónyuge culpable estará impedido para ejercer la guarda y custodia de las niñas, niños y adolescentes, así como de restringir el régimen de visitas en los términos de la resolución judicial correspondiente, procurando que sean supervisadas.

Finalmente, mencionó que en materia penal, se plantea ordenar que en los casos que la involucren, y cuando haya elementos constitutivos de probable violencia vicaria, el ministerio público o la autoridad judicial dicten medidas de protección que consideren pertinentes para salvaguardar la integridad física o psíquica de la víctima; y agregar un capítulo para crear un nuevo tipo que sancione la violencia vicaria con una pena de dos a ocho años de prisión y consignar que el delito sea perseguido por querella, entre otras.

La parte relativa a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia se remitió a la Comisión para la Igualdad de Género; lo correspondiente a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se turnó a la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables; mientras que lo que toca a los Códigos Civil y Penal se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

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